Según ONUSIDA, criminalizar el VIH implica aplicar cargos penales por no revelar el diagnóstico, por exposición al virus o por transmisión, incluso si no hubo intención o si hubo medidas preventivas. Estas leyes ignoran la evidencia científica actual sobre tratamiento, indetectabilidad y prevención combinada (ONUSIDA, 2021).
Aclaración sobre los términos “contagio” y “portador”
A lo largo de este tema, es importante dejar claro que términos como “peligro de contagio” o “portadores” provienen de la legislación mexicana o de ciertas instituciones del Estado, pero no son expresiones que usemos ni avalamos desde AHF México.
- El término “contagio” aparece en códigos penales y federal como parte del delito de peligro de contagio, usado para perseguir penalmente a personas que viven con VIH o ITS.
- También se ha utilizado el concepto de “portador”, que reduce a una persona a una condición, reforzando la idea de que representa un riesgo permanente.
Desde AHF México, no utilizamos ni promovemos esos términos.
- En su lugar, hablamos de personas que viven con VIH.
- Y usamos “transmisión” en lugar de “contagio”, porque es el término correcto desde el punto de vista científico, social y de derechos humanos.
¿Qué efectos tiene en la salud pública?
- Desincentiva las pruebas: el miedo a ser criminalizado hace que muchas personas eviten saber su diagnóstico.
- Afecta el tratamiento: algunas personas abandonan o niegan el tratamiento por temor a ser señaladas legalmente.
- Impide la prevención: se deteriora la confianza en las instituciones de salud y se promueve el silencio en lugar del cuidado informado.
Desde 2008, la OMS y ONUSIDA han advertido que estas leyes no contribuyen a frenar la epidemia. Por el contrario, dificultan los esfuerzos comunitarios de prevención y atención.
¿Qué dicen las instituciones en México?
- COPRED (CDMX) se ha pronunciado en contra del uso penal del VIH, señalando que el delito de peligro de contagio refuerza el estigma y carece de base científica. En marzo de 2023, llamó a derogar los artículos 76 y 159 del Código Penal de la CDMX (COPRED, 2023).
- El Congreso de la Ciudad de México, en 2021, aprobó la reforma que eliminó esta figura del Código Penal, lo que fue reconocido como un logro por el Gobierno Federal y organizaciones de salud (Gob.mx, 2023).
- Sin embargo, más de 27 estados en México aún mantienen esta figura, muchas veces usada de forma discriminatoria, sobre todo contra poblaciones LGBTTTIQPA+ y mujeres que viven con VIH.
¿Cómo afecta a quienes viven con VIH?
- Reforzar la idea de “riesgo de contagio” coloca a las personas que viven con VIH en una posición de amenaza permanente.
- Se vulnera su derecho a la confidencialidad médica.
- Se usan estas leyes como herramientas de control, chantaje o violencia, en lugar de proteger derechos.
¿Qué falta por hacer?
- Derogar la figura del “peligro de contagio” a nivel federal y en los estados que la mantienen.
- Capacitar a operadores de justicia en derechos humanos, VIH y evidencia científica actual.
- Incluir el enfoque de salud y no penal en las políticas públicas relacionadas con VIH.
Fortalecer el acceso a información clara, sin miedo ni estigmas, especialmente en contextos rurales y de alta discriminación.